VIOLENCIA OBSTÉTRICA: ABUSO INVISIBLE
- Rodrigo Figliuolo
- 12 nov 2024
- 5 Min. de lectura
“Sentía que no me escuchaban, que lo importante era cumplir con los tiempos del hospital, no con los míos”, expresa la madre, reflejando la deshumanización que caracteriza a la violencia obstétrica. La madre es la protagonista del documental “Parir”, dirigido por Florencia Mujica, quien describe cómo, al llegar al hospital para dar a luz, fue puesta en una posición incómoda y medicada, sin previo aviso, lo que la hizo sentirse completamente excluida de su propio proceso de parto. Este fenómeno afecta a miles de personas gestantes y sus familias. Hoy en Elemental, Ramón buscamos visibilizar estos abusos. Queremos que las mujeres sepan que tienen derecho a un trato digno y respetuoso en todas las etapas de su proceso reproductivo.
La violencia obstétrica es un tipo de abuso ejercido por los profesionales de la salud hacia las personas embarazadas. Se exterioriza en tratos humillantes y deshumanizados, abusos derivados de relaciones de poder, y la patologización, es decir, el proceso de convertir situaciones normales en enfermedades, como es en el caso del embarazo y el parto, entre otras cosas. El maltrato puede ser físico, psicológico o incluso verbal, y está profundamente ligado a la violencia de género.
Los profesionales que intervienen en el proceso reproductivo tienen un poder desmedido sobre las decisiones que afectan a la salud y el bienestar de las gestantes y sus familias, lo que convierte esta problemática en una forma de abuso estructural que consiste en producir daños a necesidades humanas básicas como la supervivencia, la libertad, el bienestar o la identidad, en las que generalmente hay un grupo privilegiado y otro vulnerado, normalmente caracterizados en términos de clase, raza o género.
Este tipo de violencia no solo vulnera los derechos de las mujeres, sino que también afecta a toda la familia. La figura del médico profesional, percibida como un referente de confianza, interfiere en las decisiones que afectan la dinámica familiar, sobre todo cuando los derechos de la persona gestante son ignorados o minimizados.

Regulaciones y el caso de Argentina
A nivel internacional, la violencia obstétrica es un tema que no recibe la atención legislativa necesaria. En países como Estados Unidos y varias naciones de la Unión Europea, la falta de leyes específicas sobre este tipo de violencia deja desprotegidas a las personas afectadas. En contraste, Argentina ha avanzado considerablemente en la creación de un marco legal para proteger los derechos de las gestantes y sus familias durante el proceso reproductivo. No obstante, la existencia de leyes no garantiza su cumplimiento ni asegura la erradicación de estas prácticas en la vida cotidiana.
Florencia Figliuolo, abogada especializada en Derecho de Familia y egresada de la Universidad Nacional de La Matanza, subraya que, a pesar de contar con normativas como la Ley de Parto Humanizado en Argentina, aún queda mucho por hacer para asegurar un trato respetuoso y libre de violencia en todos los casos.
Uno de los casos más emblemáticos en la lucha contra la violencia obstétrica es el de Cristina Brítez Arce, un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (uno de los tres tribunales regionales de protección de los derechos humanos) que condenó a Argentina en noviembre de 2022. La investigadora explica que “este caso marcó un hito, ya que por primera vez la Corte definió y conceptualizó la violencia obstétrica a nivel internacional”. El caso Brítez Arce implicó el fallecimiento de una mujer de 38 semanas de embarazo tras un proceso de inducción al parto mal gestionado que culminó en la muerte tanto del bebé como de la madre. La abogada remarca que “el fallo reconoció el mal accionar del personal de salud, que no solo generó un sufrimiento emocional extremo, sino que también vulneró los derechos fundamentales a la vida, la salud y la integridad física y psicológica de la mujer”.
El fallo de Brítez Arce fue fundamental para establecer los criterios de responsabilidad médica ante la violencia obstétrica. Según el análisis de este caso, se violaron varios principios fundamentales, entre ellos la antijuricidad, que consiste en evaluar si un acto efectivamente causa un daño o pone en peligro intereses protegidos por el derecho, como la vida, la integridad o la propiedad de las personas, y es por eso por lo que las acciones del médico personal provocaron un daño evidente. Además, se considerará que el factor de atribución, que en derecho es el criterio o elemento que permite vincular una conducta o resultado con una persona para establecer su responsabilidad fue subjetivo y doloroso, pues los profesionales actuaron con indiferencia hacia los intereses de la víctima y su familia. La relación de causalidad, que se refiere a la conexión entre un evento o acción y sus efectos en las relaciones familiares o en el bienestar de sus miembros, quedó clara ya que el médico personal de ella y su familia influyó directamente en la muerte de Cristina Brítez Arce y su bebé. El daño se reconoció tanto a nivel físico como emocional para toda la familia.

Este tipo de casos demuestra que el daño ocasionado no solo afecta a la persona embarazada, sino que genera repercusiones profundas y duraderas en todo el grupo familiar. Esto, que se evaluó mediante la lectura de jurisprudencia nacional e internacional, se puede ver. En la historia de Arce la Corte Interamericana no solo reconoció el derecho de la familia a ser indemnizada por los daños morales y patrimoniales, sino que también resaltó la importancia de abordar la violencia obstétrica como una forma de violencia de género y familiar.
Acceso a la justicia y derechos de las víctimas
Uno de los principales retos en la lucha contra la violencia obstétrica es el acceso a la justicia. En muchos países, las víctimas encuentran dificultades para denunciar este tipo de abusos debido a la falta de información, el miedo a las represalias o la falta de un marco legal claro. En Argentina, aunque existe un marco regulatorio, los plazos para realizar denuncias varían según la entidad a la que se recurre, oscilando entre uno y tres años desde el momento en que ocurre el hecho. Las víctimas pueden recurrir al Ministerio de Salud de la Nación, la Defensoría General de la Nación, o la Comisión Nacional Coordinadora de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (CONSAGIV).
Contacto y redes sociales.
· Ministerio de Salud de la Nación. Tel: (011) 5091-7200
Instagram: minsalud_ar
X: @MinSalud_Ar
· Defensoría General de la Nación. Tel: (011) 4814-8417/8418
Correo electrónico: defgralnac@mpd.gov.ar
· Comisión Nacional Coordinador de Acciones para la Elaboración de Sanciones de la Violencia de Género (CONSAGIV). Tel: (011) 5300-4000

Visibilizar para erradicar
La violencia obstétrica es una forma de maltrato que, a pesar de estar regulada en algunos países, sigue siendo ampliamente naturalizada e invisibilizada. Las personas afectadas deben saber que tienen el derecho de denunciar estas situaciones y reclamar los daños ocasionados.
Esta violencia se presenta de diversas formas:
La administración de medicamentos sin el consentimiento de la persona embarazada.
El uso de procedimientos invasivos innecesarios
La falta de información sobre los procesos médicos.
La obligación de dar a luz en posiciones incómodas que solo favorecen al personal de salud.
El trato despectivo y la deshumanización.
Solo a través de la visibilización, la denuncia y la sanción de estas conductas va a ser posible poder avanzar hacia un sistema de salud verdaderamente transparente, humano y respetuoso.
Formas de violencia obstétrica





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